La Cámara de Casación anuló un fallo previo y encontró culpable a un joven por hechos ocurridos en 2019. El tribunal aclaró que el silencio o la falta de resistencia de una persona no significan consentimiento.
El episodio tuvo lugar cuando una adolescente de 16 años fue a un local nocturno en Balvanera. Allí conoció a un hombre que la invitó a su vehículo. Según la causa, ella manifestó varias veces que no quería ir, pero él insistió y la condujo hasta el auto. Una vez adentro, la joven no reaccionó por temor, lo que fue interpretado erróneamente por el primer juez como falta de oposición.
Tras la apelación de la fiscalía y la querella, la Cámara de Casación concluyó que la situación vivida no podía considerarse voluntaria y condenó al acusado. La resolución sienta un precedente importante sobre cómo debe entenderse el consentimiento en contextos de vulnerabilidad.





